Pablo Robbio Saravia – Abogado
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Prensa

Es admisible el recurso directo que, en contra de lo dispuesto en la norma aplicable, es deducido ante la Cámara de Apelaciones

En el marco de un recurso directo interpuesto contra una resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación que había denegado el beneficio previsto por la ley 24.043, la Corte Suprema de Justicia de la Nación -por mayoría- revocó el pronunciamiento de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en tanto había desestimado el recurso por haber sido presentado ante la Oficina de Asignación de Causas del fuero, y no en sede administrativa como lo establecía la norma aplicable. Para así decidir, sostuvo que la Cámara había incurrido en un excesivo rigor formal al rechazar con ese fundamento la única vía legalmente contemplada para revisar la decisión administrativa mediante la cual se había denegado el derecho sustancial invocado por la interesada.

Te invito a leer la sentencia.

Fuente: www.adaciudad.org.ar

CSJN-recursos-directos-Salomón-de-Mahieu